viernes, 14 de abril de 2017

Jueza confunde Violación del Secreto de las Comunicaciones con Violación a la Intimidad


En insólita sentencia, afirma que una Minuta es documento público





Para la titular del Décimo Tercer Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, Keysi Kalondy Becerra Atauconcha,  no existe el Derecho al Secreto de las Comunicaciones, consagrado en  la Constitución Política en su artículo 2° inciso 10, no obstante la existencia de un proceso penal en curso por ese delito; e invocado expresamente en la demanda

La Magistrada, haciendo una interpretación superficial, concluye extrañamente que la apertura y/o retención de un sobre implica una violación a la intimidad, a pesar que este derecho no era materia de proceso.

Para sustentar su sentencia, llega al extremo de calificar una minuta no elevada a Escritura Pública como un documento "no estrictamente privado", categoría inexistente para el Código Procesal Civil, ya que dicha norma define e identifica cuales son documentos públicos y privados (Arts. 235° y 236°), precisando además que:

"La legalización o certificación 
de un documento privado 
no lo convierte en público."
(Art. 236°)


Se trata de un proceso de reposición laboral seguido contra la empresa BBVA Banco Continental, al interior del Exp. 20568-2015.

Llama poderosamente la atención los argumentos vertidos por la Jueza con el exclusivo afán de rechazar la demanda. Esta sentencia, a todas luces conculcatoria de derechos constitucionales, como era de esperarse, ha sido apelada.

Lee la sentencia en este link:

https://es.scribd.com/document/345648269/Sentencia-de-la-Jueza-Keysi-Kalondy-Becerra-Atauconcha-sobre-Reposicion-Laboral

Foto: Consejo Nacional de la Magistratura



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